Nosotros, que actuamos en el ámbito de Andalucía, localizados concretamente en Sevilla, te ofrecemos la oportunidad de tramitar tu herencia con todo el asesoramiento jurídico y fiscal que necesites, para que tú y el resto de herederos podáis llegar a un acuerdo particional justo, plenamente legal y sin sorpresas futuras con la Administración Tributaria.
Si el caudal hereditario de tu herencia está compuesto por un máximo de dos inmuebles y un máximo de 200.000 euros en cuentas corrientes, y una vez aceptado tu encargo por nuestra parte, nuestros honorarios por toda la gestión serán del importe de 890 euros IVA incluido, y en el caso de superar alguna de esas cifras, te haremos un presupuesto personalizado que, te aseguramos, seguirá siendo bastante económico para ti.
Has de saber que los gastos y suplidos tales como los derivados de la Notaría, Registros de la Propiedad, impuestos y tasas, y cualquier otro que tenga lugar en la tramitación de tu herencia, no dependen de nosotros y han de ser sufragados de igual manera, sea quien sea el profesional en quien confíes. Los honorarios profesionales del abogado tramitador de tu herencia constituyen un gasto independiente de los anteriores, y que en el caso de nuestra oferta, incluyen los siguientes servicios:
- Asesorarte desde el primer momento en que contactes con nosotros, mediante email o telefónicamente y con la posibilidad de recibirte presencialmente y de manera gratuita siempre que contactes previamente con nosotros. No obstante, incluso si no vives en Sevilla, no será necesario que viajes, firmando en cualquier notaría de tu ciudad.
- Darle forma legal a la partición que los herederos nos planteéis, plasmando vuestra voluntad en la correspondiente escritura notarial, o adecuándola lo máximamente posible a ésta, para minimizar el riesgo de futuras inspecciones, comprobaciones de valor y sanciones indeseadas.
- Presentar los impuestos obligatorios , IIVTNU y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, haciendo una valoración de los bienes teniendo en cuenta las circunstancias de mercado pero también las consecuencias tributarias que ello tendría.
- Inscribir vuestro derecho en los Registros de la Propiedad que correspondan.
Además de la gestión de tu herencia, también podemos ofrecerte las siguientes gestiones:
- Extinción del condominio. Si tienes un inmueble que compartes con algún familiar, tu cónyuge, o tu pareja, puedes adjudicártelo plenamente, compensando económicamente al otro copropietario. Este trámite notarial, está sujeto a un impuesto con un tipo impositivo inferior al de una compraventa, por lo que es fiscalmente muy ventajoso. Nosotros, además de la gestión global de este acto jurídico, velamos para que la Agencia Tributaria autonómica no aprecie ningún exceso de adjudicación que tendría consecuencias fiscales indeseadas. El importe de nuestros honorarios serán igualmente del importe de 890 euros IVA incluido.
- Presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En ocasiones, a pesar del fallecimiento de un familiar de quien somos herederos, consideramos que no es oportuno, por el momento, adjudicarnos los bienes que comprenden la misma. No obstante, la ley exige a los herederos la presentación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones en el plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante, haya tenido lugar o no la aceptación de dicha herencia. El incumplimiento de dicha obligación puede acarrear las correspondientes sanciones a cada heredero. Nosotros te ofrecemos la presentación de dicho impuesto por un importe que dependerá del número de herederos y de bienes que conformen el caudal hereditario. Expón tu caso y solicita nuestro presupuesto que oscilará entre 120 y 200 euros IVA incluido.